El Gobierno oficializó la medida que prohíbe los traslados de presos por cambios en la identidad de género

El Gobierno estableció nuevas reglas para el alojamiento de personas privadas de la libertad que hayan realizado un cambio de su identidad de género.

Según el decreto publicado este jueves en el Boletín Oficial, la administración penitenciaria deberá asignar el lugar de detención según el sexo registrado al momento del delito, de acuerdo con la Ley de Identidad de Género N° 26.743.

Los presos serán alojados según el sexo registrado al momento de haber cometido el delito. (Foto: Gobierno de Córdoba).

Además, la normativa prohíbe alojar en establecimientos penitenciarios femeninos a personas que hayan cambiado su identidad de género cuando:

  • Hayan cometido delitos violentos contra mujeres, incluidos los tipificados en los Títulos I, III o V del Código Penal.
  • La evaluación técnica determine que su presencia representa un riesgo para la seguridad o integridad de los demás internos.

El decreto también establece que si una persona detenida inicia su trámite de cambio de sexo registral después del hecho por el que fue detenida, no podrá solicitar ser trasladada a una cárcel acorde con su nueva identidad.

Las autoridades penitenciarias deberán adoptar medidas para proteger a personas trans dentro del sistema carcelario. Sin embargo, el decreto aclara que estas medidas no pueden poner en riesgo la seguridad del resto de la población carcelaria.

El vocero presidencial, Manuel Adorni, dijo este miércoles en conferencia de prensa: “El año pasado en Córdoba, un hombre condenado por un delito que incluía violencia de género dijo autopercibirse mujer y luego abusó de otras internas. Esto demuestra que el sistema actual se convirtió en una herramienta para que aquellas personas condenadas, incluso por violencia hacia las mujeres, puedan volver a cometer delitos aberrantes cuyas víctimas también son mujeres”.

Fuente: Salta sin Censura

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