Al final de una semana que se ha sentido interminable, con el cansancio propio de la aburrida rutina laboral, el calendario indica que aún falta transitar un buen par de semanas más hasta que, casi a fines de junio, haya otro feriado que permita no ir a la oficina.
En esa espera interminable hasta que el siguiente feriado, noticia que suscitará aún más expectativa será saber que habrá una semana donde solo se concurriría a trabajar en dos jornadas, mientras que en las otras tres, la invitación será a quedarse en casa a disfrutar y alejarse del escritorio.
¿Cuáles son los detalles? Bien lo señaló InformateSalta días atrás, cuando llegue la tercera semana de junio, salteños como argentinos nos predispondremos a recordar los aniversarios de los fallecimientos del general Manuel Belgrano como también del general Martín Miguel de Güemes.
Ahora, esto se volvió un hecho pues desde el gobierno de la Provincia confirmaron que, ante el aniversario del fallecimiento del general Güemes, en Salta será no laborable el lunes 16 y el martes 17. Ambos días, son feriados, uno provincial y otro nacional. Esto se suma la celebración del Día de la Bandera en homenaje a Manuel Belgrano, el 20 de junio, que también será feriado nacional.
Conforme a la legislación vigente en materia de feriados nacionales (Ley Nacional N° 27.399) el del 17 de junio reviste el carácter de trasladable, por lo que este año esa conmemoración se pasó al lunes 16 para todo el país. En tanto, en Salta, para el martes 17 rige además el feriado provincial en homenaje al General Martin Miguel de Güemes (Ley Provincial N° 5.032).
Con respecto al régimen laboral, el lunes 16 de junio (feriado nacional) no constituye una jornada obligatoria de trabajo para el personal, salvo en casos excepcionales o actividades que no admiten interrupciones (como transporte público, servicios de salud, hotelería, entre otros), en los cuales se deberá prestar servicio con la remuneración correspondiente conforme a la legislación vigente.
El martes 17 de junio, en caso de trabajarse, se abona como jornada habitual (“salario simple”), y si no se prestan servicios, se debe abonar igualmente sin deducciones.
Fuente : informate salta