Uruguay aprobó la ley de eutanasia por una amplia mayoría

Uruguay dio un paso histórico: el Senado aprobó la despenalización de la eutanasia.

La iniciativa, conocida como “ley de Muerte digna”, había recibido el visto bueno de la Cámara de Diputados en agosto, tras una sesión maratónica y con respaldo de legisladores de distintos partidos. Ahora, el proyecto fue aprobado en el Senado, donde el Frente Amplio —mayoría en la cámara alta y principal impulsor de la ley— había anticipado su apoyo.

Entre los presentes en las gradas del Palacio Legislativo se encontró Beatriz Gelós, una docente de 71 años que padece esclerosis lateral amiotrófica (ELA) desde hace 19 años. Su historia, marcada por la imposibilidad de realizar tareas cotidianas y el sufrimiento físico, fue uno de los argumentos más potentes durante la discusión en Diputados.

“Me daría una paz impresionante que se apruebe. Es una ley de compasión, muy humana, muy bien redactada”, había antipado Gelós a la agencia de noticias AFP.

Uruguay se unió a un reducido grupo de países que permiten el procedimiento y en el que figuran Canadá, Colombia, Países Bajos, Nueva Zelanda y España.

Colombia se convirtió en 1997 en el primer país de América en despenalizar la eutanasia por decisión de la Corte Constitucional, aunque la primera eutanasia legal se realizó en 2015. Desde 2021, el acceso está permitido incluso a personas con enfermedades graves e incurables no terminales. En 2023 se practicaron unas 270 eutanasias, casi un 50% más que en 2022, según el Laboratorio DescLAB.

Cómo será el procedimiento para acceder a la eutanasia

El proyecto establece que la eutanasia podrá aplicarse solo en casos muy específicos: personas mayores de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, que padezcan enfermedades crónicas, incurables o irreversibles que “menoscaben gravemente su calidad de vida” y les provoquen sufrimientos “insoportables”.

El proceso apunta a que tengan una muerte “indolora, apacible y respetuosa de su dignidad” y consta de ocho etapas. Todo debe comenzar con un pedido personal del paciente a un médico. Luego, un segundo profesional —sin vínculo con el primero— debe dar su opinión. Si ambos coinciden, se realiza una segunda entrevista con el paciente para confirmar su voluntad y, finalmente, se deja constancia de su “última voluntad”. Solo entonces, el médico actuante podrá proceder.

Fuente: TN

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